lunes, 29 de agosto de 2011

Nueva Causal Divorcio por Ruptura Irreparable

La Ley Num 192 de 18 de agosto de 2011 enmendó el Código Civil para incluir la ruptura irreparable como causal de divorcio. Con este nuevo cambio se abre la puerta para muchas parejas que no pueden divorciarse por consentimiento mutuo, trato cruel o separación. Estas tres causales de divorcios son las más comunes en Puerto Rico. Sin embargo, hay que reunir los siguientes requisitos:

Consentimiento Mutuo: No es una causal de divorcio sino una petición conjunta de ambos cónyuges para disolver el matrimonio. Para que poder divorciarse por consentimiento mutuo, los cónyuges deben acordar la división de los bienes, custodia y patria potestad de los menores, pensión alimenticia y relaciones materno o paterno filiales. Si los cónyuges no están de acuerdo con alguno de estos factores, no pueden presentar la petición.

Trato Cruel: La causal de trato cruel requiere probar un maltrato físico o sicológico que ha hecho imposible la convivencia matrimonial. Debe verse en un juicio ordinario. Debe además considerarse los factores personales de la víctima de maltrato tales como edad, género, experiencia y madurez para determinar si en realidad fue víctima de trato cruel.

Separación: La causal de separación requiere que sea por un término mínimo de 2 años. Esta separación debe ser pública e ininterrumpida.

Mediante la ruptura irreparable, cualquiera de los cónyuges puede presentar la demanda individualmente. La nueva Ley lo permite. Hay que demostrar una ruptura que no permita la convivencia matrimonial entre las partes. La nueva Ley no ofrece mayores detalles sobre el procedimiento. Por tanto, como se distingue de la petición de divorcio por consentimiento mutuo, no  requiere el que los cónyuges se pongan de acuerdo con la división de bienes, custodia y patria potestad, alimentos y relaciones materno o paterno filiales. Estos factores se discutirán en otro procedimiento o como parte de las órdenes provisionales. Lo importante es que ahora con la nueva Ley existe otra opción viable para el cónyuge que desee culminar su relación matrimonial.

2 comentarios:

  1. Hola, soy de EE. UU. Quiero compartir este gran testimonio sobre cómo el Dr. Agbazara me ayudó a recuperar a mi ex amante. Durante mi búsqueda de una solución, entré en contacto con los detalles del Dr. Agbazara y gracias a su ayuda, mi amante regresó a Yo dentro de las 48 horas. Así que con estos, me atrevo a recomendar a cualquiera que busque una manera de volver a la vida de los amantes a ponerse en contacto con el Dr. Agbazara en WhatsApp: { +2348104102662 } o por correo electrónico a: { agbazara@gmail.com }. y mi amante vuelve a estar juntos y van a pasar juntos la celebración del Año Nuevo. Gracias al Dr. Agbazara una vez más ...

    ResponderEliminar

  2. Me uní a su sitio y en 3 días recibí un mensaje de mi socio actual. Después de 2 meses de mensajes y llamadas telefónicas, finalmente nos conocimos y en el momento en que la vi lo sentí ... ella era la elegida. Y todavía está en contacto con Doc Via templeofanswer@hotmail.co.uk, llame / w.s +233 (815) 542-5481

    ResponderEliminar