jueves, 3 de mayo de 2012

Explotaciòn Financiera a las Personas de Edad Avanzada

Explotaciòn Financiera a las Personas de Edad Avanzada

La Ley 58 de 5 de agosto de 2009 fue creada para proteger a las personas de 60 años o màs contra la explotaciòn financiera por parte de familiares, personas particulares o empresas privadas. Esta Ley enmendò la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada para proteger a este sector poblacional. Cualquier persona interesada en el bienestar de la persona de edad avanzada puede solicitar protecciòn contra una explotaciòn financiera.

Para los fines de la Ley, explotaciòn financiera es el "uso impropio de los fondos de un adulto, de la propiedad o sus recursos por otro individuo". La Ley 58 sobre Explotaciòn Financiera reconoce que las personas de edad avanzada son màs propensas a ser vìctimas de esta actividad cuando: estàn aislados de otros miembros de la familia o de apoyo, estàn acompañados por un extraño que les anima a retirar grandes cantidades de dinero en efectivo o estàn acompañados por un miembro de la familia u otra persona que aparentemente ejerce influencia sobre ellos al efectuar una serie de transacciones. La Ley reconoce que pueden haber otras circunstancias para que las personas de edad avanzada sean propensas a esta actividad.

Debe haber una acciòn por un individuo o por una corporaciòn para los fines de la Ley como en las siguientes instancias: fraude, falsas pretensiones, malversaciòn de fondos, conspiraciòn, falsificaciòn de documentos, falsificaciòn de expedientes, coerciòn, transferencia de propiedad, negaciòn de acceso a bienes o cualquier otra acciòn donde se utilize impropiamente los fondos de la persona.
Cualquier persona interesada en el bienestar de la persona de edad avanzada puede acudir a la Unidad para Investigar y Procesar Violaciones de Derechos Civiles del Departamento de Justicia, al Fiscal de Distrito del Centro Judicial màs cercano a la residencia de la persona de edad avanzada o a cualquier sala del Tribunal de Primera Instancia del distrito judicial donde resida la persona de edad avanzada.
En cualquiera de estos 3 foros, la persona puede solicitar una Orden solicitando mùltiples remedios para proteger a la persona de edad avanzada contra la explotaciòn financiera.

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